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Corporaciones Locales
Empleo público local
El Ayuntamiento de Campo Azul quiere implantar teletrabajo dos días por semana en el departamento de recaudación. Las tareas incluyen consultas tributarias, preparación de providencias de apremio y atención telefónica. El personal solicita teletrabajo como derecho automático. La Tesorería advierte riesgos de protección de datos y seguridad. Recursos Humanos debe informar sobre autorización, reversibilidad, igualdad, medios tecnológicos y mantenimiento de atención presencial.
RDL 5/2015 (TREBEP)
Corporaciones Locales
Empleo público local
El Ayuntamiento de Sierra Alta queda sin titular de Secretaría-Intervención por jubilación. El puesto está reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Mientras se convoca cobertura definitiva, la Alcaldía propone nombrar provisionalmente a una funcionaria habilitada de otro municipio, y subsidiariamente acudir a comisión circunstancial, acumulación o nombramiento accidental. La Comunidad Autónoma pide expediente completo y respeto del Real Decreto 128/2018.
RD 128/2018
Corporaciones Locales
Empleo público local
El Ayuntamiento de Vega Infantil gestiona directamente una escuela infantil municipal. Tras dos bajas y un aumento puntual de matrículas, Recursos Humanos propone contratar personal laboral temporal de apoyo educativo durante el curso. El expediente mezcla una plaza estructural vacante, una sustitución por incapacidad temporal y un refuerzo de aula por incremento ocasional de actividad. El comité de empresa pregunta qué régimen se aplica al personal laboral, qué principios deben respetarse en la selección y cuándo puede usarse contratación temporal.
RDL 5/2015 (TREBEP) · RDL 2/2015 (Estatuto de los Trabajadores)
Corporaciones Locales
Empleo público local
Un arquitecto técnico funcionario del Ayuntamiento de Las Viñas solicita compatibilidad para dirigir obras privadas en el mismo municipio fuera de su jornada. Su puesto informa licencias urbanísticas y expedientes de disciplina. Percibe complemento específico con factor de incompatibilidad. El colegio profesional no se opone y varios promotores privados quieren contratarlo. La Secretaría debe informar sobre dedicación al puesto público, conflicto de intereses, autorización de compatibilidad y prohibiciones de actividades privadas.
Ley 53/1984 · RDL 5/2015 (TREBEP)
Corporaciones Locales
Empleo público local
El Ayuntamiento de Monteazul quiere implantar un sistema de evaluación del desempeño para personal funcionario y laboral. El borrador vincula resultados a carrera horizontal, formación, provisión de puestos y parte de las retribuciones complementarias. Los sindicatos reclaman criterios transparentes, objetividad, ausencia de discriminación y negociación. Recursos Humanos pregunta qué define el TREBEP como evaluación del desempeño y qué efectos puede tener.
RDL 5/2015 (TREBEP)
Corporaciones Locales
Empleo público local
En un proceso selectivo para administrativo C1, una aspirante descubre que uno de los vocales del tribunal fue preparador privado suyo hasta hace seis meses y mantiene relación profesional con la academia que la presenta. Otra aspirante afirma que ese vocal tiene enemistad manifiesta con ella por un litigio anterior. El Ayuntamiento debe resolver una recusación antes del primer ejercicio, revisar la composición del tribunal y garantizar imparcialidad.
Ley 40/2015 · RDL 5/2015 (TREBEP)
Corporaciones Locales
Contratación pública
El Ayuntamiento de Ribera Norte necesita contratar la limpieza ordinaria de la casa consistorial, biblioteca y centro cultural durante dos años, con una posible prórroga anual. El valor estimado queda por debajo del umbral armonizado aplicable a servicios y los criterios evaluables mediante juicio de valor no superan el límite legal del procedimiento abierto simplificado. Intervención pide justificar necesidad, valor estimado, presupuesto base, división en lotes, criterios de adjudicación, solvencia y condiciones especiales de ejecución.
Ley 9/2017
Corporaciones Locales
Contratación pública
Una tormenta deja sin funcionamiento varias luminarias de una avenida con tráfico intenso. El servicio municipal propone adquirir de forma inmediata cuadros eléctricos, drivers y luminarias por importe superior al contrato menor. La Policía Local advierte riesgo para la seguridad vial, pero la intervención necesaria no afecta a todo el municipio ni exige obras complejas. Secretaría debe diferenciar tramitación urgente, emergencia, contrato menor y formalización del suministro.
Ley 9/2017
Corporaciones Locales
Contratación pública
El Ayuntamiento de Fuente Clara tiene adjudicado el mantenimiento integral de edificios municipales por tres años. Al segundo año quiere incluir un nuevo pabellón deportivo y ampliar las tareas de climatización por un incremento relevante del precio. El pliego contenía una cláusula de modificación genérica que solo decía que el contrato podría adaptarse a necesidades municipales. El contratista acepta, pero Intervención duda si la modificación está prevista, si es no prevista, si altera la naturaleza del contrato y si debe licitarse de nuevo.
Ley 9/2017
Corporaciones Locales
Contratación pública
El Ayuntamiento de Puerto Seco adjudicó una obra plurianual de rehabilitación del mercado municipal con duración prevista de veinticuatro meses. Durante la ejecución suben de forma notable acero, energía y materiales. La empresa solicita revisión de precios desde la primera certificación y pide cambiar la fórmula porque la prevista en el pliego no le compensa suficientemente. El expediente debe analizar precio cierto, revisión periódica y predeterminada, fórmula aplicable, límites temporales y forma de abono.
Ley 9/2017
Corporaciones Locales
Contratación pública
En una licitación de servicios de conserjería, la mesa detecta que la empresa mejor clasificada fue sancionada de forma firme por infracción grave en materia laboral y aparece inscrita una prohibición de contratar en el registro correspondiente. La empresa sostiene que ya ha pagado la multa y que puede ejecutar el contrato. El Ayuntamiento debe comprobar aptitud, alcance de la prohibición, duración, efectos, exclusión de la licitación y posible extensión a sociedades vinculadas.
Ley 9/2017
Corporaciones Locales
Contratación pública
El Ayuntamiento de Valle Verde licita el servicio de conservación de parques y jardines. Una empresa ofrece un precio muy inferior al resto y reduce horas de personal respecto de la memoria técnica. Los pliegos contienen parámetros objetivos para identificar ofertas anormalmente bajas y exigen cumplir el convenio sectorial y condiciones ambientales de ejecución. La mesa debe tramitar el incidente, pedir justificación, valorar si la oferta es viable y decidir si propone exclusión o adjudicación con seguimiento reforzado.
Ley 9/2017
Corporaciones Locales
Contratación pública
El Ayuntamiento de Vega Serena licita un contrato de servicios sociales de atención domiciliaria con valor estimado superior al umbral del recurso especial. Una asociación licitadora impugna los pliegos por criterios sociales mal definidos y, después, otra empresa quiere recurrir la adjudicación por valoración arbitraria. El expediente debe determinar actos recurribles, legitimación, plazo, órgano competente, suspensión y efectos de la resolución.
Ley 9/2017
Corporaciones Locales
Contratación pública
El Ayuntamiento de Loma Verde prepara un suministro informático que incluye ordenadores, monitores, licencias, impresoras y mantenimiento inicial. La concejalía propone un único contrato para simplificar la gestión, pero varias pymes locales piden dividirlo por lotes. El técnico debe informar sobre objeto contractual, justificación de la no división, solvencia por lote, límites de adjudicación y criterios de calidad-precio.
Ley 9/2017
Corporaciones Locales
Contratación pública
El Ayuntamiento de Alto Jalón quiere encargar a una sociedad mercantil municipal la gestión de una plataforma de reservas deportivas y pequeñas actuaciones de mantenimiento. La sociedad tiene capital íntegramente público, recibe la mayoría de encargos del Ayuntamiento y dispone de personal técnico propio, pero también presta servicios a empresas privadas. Secretaría debe comprobar si es medio propio, si procede el encargo, qué límites tiene y cómo se compensa económicamente.
Ley 9/2017
Corporaciones Locales
Contratación pública
El Ayuntamiento de Campo Azul quiere licitar la gestión de la piscina municipal de verano, cursos de natación y cafetería anexa durante varios años. El concesionario cobraría tarifas de usuarios y una aportación municipal limitada para determinados programas sociales. El estudio económico muestra incertidumbre sobre asistencia, climatología y costes de personal. El expediente debe determinar si existe concesión de servicios, riesgo operacional, duración, tarifas, equilibrio económico y obligaciones del concesionario.
Ley 9/2017
Corporaciones Locales
Contratación pública
El Ayuntamiento de Mar de Pina adjudicó la reforma del polideportivo con plazo de ejecución de ocho meses. Al finalizar el plazo, la obra acumula retraso no justificado, varias certificaciones pendientes y problemas de coordinación imputables parcialmente al contratista. La dirección facultativa propone penalidades diarias, mientras el contratista solicita ampliación de plazo por lluvias ordinarias. El órgano de contratación debe decidir sobre demora, penalidades, daños, garantía y posible resolución.
Ley 9/2017
Corporaciones Locales
Presupuestos, tributos y haciendas locales
El Ayuntamiento de Sierra Clara debe aprobar el presupuesto del próximo ejercicio. La Alcaldía remite un proyecto con estado de ingresos, gastos, bases de ejecución, anexo de personal e inversiones, pero la oposición denuncia falta de informe económico-financiero y retraso en la exposición pública. Secretaría e Intervención deben informar sobre contenido del presupuesto general, formación, aprobación inicial, reclamaciones, aprobación definitiva y prórroga automática.
RDL 2/2004 (TRLRHL) · RD 500/1990
Corporaciones Locales
Presupuestos, tributos y haciendas locales
El Ayuntamiento de Pinar Bajo necesita afrontar un incremento de coste en el contrato de recogida de residuos y propone aprobar un suplemento de crédito financiado con remanente líquido de tesorería para gastos generales. El crédito inicial resulta insuficiente y la factura no puede demorarse al ejercicio siguiente. La Intervención debe informar sobre modalidad de modificación, financiación, competencia, exposición pública, límites y diferencia con la incorporación de remanentes.
RDL 2/2004 (TRLRHL) · RD 500/1990
Corporaciones Locales
Presupuestos, tributos y haciendas locales
El Ayuntamiento de Valle Norte recibe una factura de un proveedor por el mantenimiento de edificios realizado durante varios meses sin contrato vigente ni fiscalización previa. El servicio reconoce que ordenó verbalmente continuar para evitar el cierre de dependencias, pero no existía crédito suficiente en la aplicación presupuestaria. La Intervención formula reparo y propone tramitar la omisión de fiscalización, la dotación de crédito y el reconocimiento extrajudicial, si procede.
RDL 2/2004 (TRLRHL) · RD 424/2017 · Ley 9/2017
Corporaciones Locales
Presupuestos, tributos y haciendas locales
Al cerrar el ejercicio, el Ayuntamiento de Robledal presenta una liquidación con remanente de tesorería negativo, obligaciones pendientes de pago elevadas y resultado presupuestario ajustado desfavorable. La Alcaldía quiere usar el presupuesto prorrogado sin medidas adicionales, mientras Intervención advierte de la necesidad de reducir gastos y remitir información a otras Administraciones. El expediente debe distinguir liquidación, remanente, resultado, estabilidad y medidas correctoras.
RDL 2/2004 (TRLRHL) · LO 2/2012 (LOEPSF)
Corporaciones Locales
Presupuestos, tributos y haciendas locales
El Ayuntamiento de Plaza Mayor quiere aprobar una ordenanza fiscal para regular la tasa por ocupación de vía pública con terrazas, puestos temporales y contenedores de obra. El borrador fija cuotas según metros cuadrados y categoría de calle, pero no incorpora informe técnico-económico suficiente ni regula con claridad devengo, gestión y beneficios fiscales. Secretaría debe informar sobre potestad tributaria local, procedimiento de aprobación, hecho imponible, cuantía y entrada en vigor.
RDL 2/2004 (TRLRHL) · Ley 7/1985
Corporaciones Locales
Presupuestos, tributos y haciendas locales
El Ayuntamiento de Miralba recibe en marzo la solicitud de una promotora inmobiliaria que pretende obtener una bonificación del IBI por viviendas de nueva construcción cuyas obras empezaron en enero. La ordenanza fiscal municipal regula beneficios fiscales para empresas promotoras, familias numerosas e inmuebles con instalaciones solares, pero exige solicitud previa y documentación específica. El servicio de gestión tributaria debe decidir si la bonificación obligatoria puede aplicarse, si hay margen para beneficios potestativos y cómo motivar la liquidación.
RDL 2/2004 (TRLRHL) · Ley 58/2003 (LGT)
Corporaciones Locales
Presupuestos, tributos y haciendas locales
Una sociedad presenta declaración responsable para reformar un local comercial y comenzar las obras al día siguiente. El presupuesto aportado excluye partidas de demolición, dirección facultativa, IVA y maquinaria alquilada. Meses después, el Ayuntamiento comprueba que el coste real de la obra fue superior al declarado y que parte de la instalación exigía control municipal. Gestión tributaria debe practicar liquidación provisional, comprobar base imponible y girar liquidación definitiva.
RDL 2/2004 (TRLRHL)